Procedimiento Judical


Se trata de un procedimiento especial que durante años se ha incoado únicamente ante el Tribunal Ordinario de Roma que, como se ha mencionado, es el único recurso de que disponen los descendientes de antepasados italianos pertenecientes a la línea materna que residen en Italia o en el extranjero.
A este respecto, cabe señalar que, a partir del 22 de junio de 2022, tras la introducción de la ley de reforma del proceso civil nº 206 de 26.11.2021, ahora se establece que «Cuando el demandante reside en el extranjero, los litigios para determinar la condición de ciudadano italiano se asignan teniendo en cuenta el municipio de nacimiento del padre, la madre o el ascendiente que sean ciudadanos italianos». Esto significa que hoy en día, a diferencia de años pasados, ya no será el Tribunal de Roma el único competente, sino el Tribunal en cuya circunscripción haya nacido el último antepasado italiano, o si el demandante reside en Italia (en caso de línea materna) deberá presentar una demanda ante el tribunal territorialmente competente en función de su residencia.
Además, aclarado esto, cabe señalar que, también en referencia a este tipo de recurso, es requisito imprescindible estar en posesión de toda la documentación que acredite la descendencia del ascendiente italiano, que se presentará ante el juez que ya conozca el caso.
Éste, en caso de estimar el recurso, declarará mediante decreto específico que el solicitante es ciudadano italiano de nacimiento y ordenará a la administración que lleve a cabo los cumplimientos necesarios (inscripciones, transcripciones y anotaciones exigidas por la ley).
Por lo tanto, la sentencia tendrá por objeto la reconstrucción de la descendencia de un antepasado italiano por línea materna sobre la base de la documentación de parte adjuntada al recurso, tal como se hace administrativamente en los Consulados o Municipios de residencia. Por lo tanto, el juez realiza las mismas comprobaciones sobre la posesión de la ciudadanía italiana iure sanguinis por parte del solicitante que las que se realizan administrativamente (Consulados o Municipios de residencia).
Este procedimiento es especialmente rápido ya que reviste la forma del rito simplificado que, como es bien sabido, se resuelve en muy pocas audiencias.
Para iniciar dicho procedimiento, no se exige que el interesado sea residente o, en todo caso, esté presente en Italia, ya que normalmente puede residir en el extranjero. Basta con que otorgue poderes de representación, mediante apoderamiento, a nuestros abogados italianos para ser defendido y representado en el proceso de reconocimiento de ciudadanía, al final del cual será declarado ciudadano italiano.